La respuesta es SÍ, y en este artículo te explicaremos todo lo que debes saber antes de tomar la decisión de despedir a un trabajador que está de baja y cómo justificar meticulosamente los motivos del despido.
En España, todos hemos escuchado muchas veces que un trabajador nunca puede ser despedido estando de baja. Existe una idea equivocada de que la situación de baja le da al empleado una especie de “protección blindada” contra cualquier tipo de despido.
Y es cierto, el despido de un empleado por una baja es ilegal, y por lo tanto, reclamable. Sin embargo, sí es posible despedir a un trabajador estando de baja si su empleador considera que existen razones justificadas para finalizar su contrato.
¿Te encuentras en esta situación en la que tu empresa se ve perjudicada por una baja que podría ser fraudulenta? Sigue leyendo.
¿En qué casos se puede despedir a un trabajador que está de baja?
Primero, hay que distinguir dos supuestos en cuanto al despido de un trabajador en situación de baja:
- NO puedes despedir a un trabajador que esté de baja médica justificada, por falta de asistencia al trabajo motivada por su enfermedad.
- SÍ puedes despedir a un trabajador que esté de baja médica justificada, por otras causas establecidas en la ley o en el convenio colectivo aplicable.
Entre las causas de despido legales están las causas económicas, organizativas, técnicas, indisciplina o desobediencia. Recordemos que siempre será deber de la empresa o del empleador demostrar las causas de despido. Indaguemos más a fondo:
Causas disciplinarias que justifican un despido
Existen muchas faltas consideradas disciplinarias, algunas de mayor gravedad que otras. Estas faltas están reguladas y previstas en el Estatuto de los Trabajadores.
Algunos ejemplos de estas causas disciplinarias que podrían motivar el despido de un trabajador en situación de baja son las ofensas verbales al empleador o compañeros de trabajo, las ausencias reiteradas al trabajo sin justificar o el abuso de la confianza en el desempeño del trabajo.
Por otro lado, la simulación (o exageración) de una lesión para estar de baja médica y coger unas vacaciones extra o el trabajar en otro empleo durante una baja, también son motivo de despido.
En todas estas situaciones la empresa puede alegar un despido procedente, ya que el trabajador está cometiendo un fraude ante el que difícilmente podrá impugnar en un juzgado. Si el empresario, además, tiene pruebas de la causa del despido, escapar del despido procedente será una misión casi imposible.
Causas objetivas que justifican un despido
El empresario también puede extinguir una relación laboral con un trabajador estando de baja fundamentándose en las siguientes causas objetivas:
- Ineptitud del trabajador.
- Falta de adaptación a modificaciones técnicas.
- Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
- Falta de presupuesto cuando el empleador es una entidad sin ánimo de lucro.
Nuevamente, la empresa tendrá la carga de probar que existen las causas objetivas para justificar el despido.
¿En qué casos NO se puede despedir a un trabajador que está de baja?
Hay una serie de situaciones que protegen a un trabajador de un despido. Si un empleado es despedido ante estas causas, fácilmente podrá recurrir a la justicia para que se considere que el despido es nulo:
- Permiso de maternidad, de lactancia, reducción de jornada por cuidado de hijos hasta que cumplan 12 años o atención a familiares graves o terminales.
- Trabajadores que hayan reclamado sus derechos o se hayan quejado de alguna irregularidad por parte de la empresa, por ejemplo, presentando una denuncia en la Inspección de Trabajo. En ese caso, se puede entender que la medida adoptada por la empresa es una represalia que vulnera la garantía de indemnidad el trabajador.
- Cuando el despido tenga como móvil una causa de discriminación prevista legalmente.
Como puedes ver, las situaciones son muchas y la complejidad de los despidos hace necesario estudiar cada caso concreto según sus particularidades.
Queremos recordar que un despido que se formalice durante una baja temporal puede considerarse procedente en caso de que se encuentren pruebas y razones que lo justifiquen. Se suele tratar de causas objetivas y dentro del ámbito disciplinario que pueden ser probadas con fehaciencia.
Por lo tanto, en cualquier situación siempre será clave contar con las pruebas necesarias que justifiquen el despido del trabajador. Si consideras que hay una posible baja laboral fingida en tu empresa, contacta con nuestros detectives de bajas laborales que te ayudarán a obtener las pruebas que demuestren una baja fraudulenta.
Despido estando de baja, pero no despido por estar de baja
Hasta el 20 de febrero de 2020, las empresas podían despedir a un trabajador que estuviera de baja médica de forma reiterada durante periodos cortos de tiempo, pagándole la indemnización por despido objetivo, que es menor que la del despido improcedente.
A partir de esa fecha, el gobierno derogó por Real Decreto 4/2020 el llamado “despido por baja médica” o “despido por absentismo” del artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores.
La derogación de este artículo elimina como causa de despido objetivo la acumulación de días de absentismo, ya sea tanto por motivos justificados como injustificados.
Sin embargo, todo lo que hemos explicado anteriormente sigue vigente: un trabajador de baja puede ser despedido si hay un motivo real para ello distinto de la baja en si.
Requisitos para el despido durante una baja laboral
Para que el despido de un trabajador en su período de baja laboral, por motivos justificados, objetivos o disciplinarios, sea válido, se deben cumplir los siguientes requisitos:
- Comunicación de la baja por escrito, expresando claramente los motivos.
- Preaviso de por lo menos 15 días de anticipación.
- Abonar una indemnización equivalente a 20 días por año trabajado con un límite de 12 mensualidades.
El incumplimiento de estos requisitos o la sospecha de que la baja laboral ha sido el motivo del despido, pueden dar lugar a la impugnación del despido por parte del trabajador.
Por otro lado, si el empleado estuviera afiliado a un sindicato, el empleador deberá dar audiencia previa a los delegados de la sección sindical correspondiente a dicho sindicato.
¿Qué pasa si no quedan claras las causas del despido?
Como ya hemos dicho, el empleador deberá explicar de forma detallada las causas que motivan el despido del trabajador.
Si el empleado considera que los hechos escritos en la carta de despido no se ajustan a la realidad, tiene un plazo de 20 días hábiles posteriores a la fecha de finalización de la relación laboral para impugnar el despido ante la justicia y se puede dar el caso que el despido sea declarado improcedente o nulo.
En este caso, según el artículo 55.6 del Estatuto de los Trabajadores, las consecuencias pueden ser dos:
- Que el empleador deba readmitir al trabajador en su puesto de trabajo y pagarle los salarios transcurridos durante el proceso (única posibilidad en caso de despido nulo y opción alternativa en caso de improcedente).
- Que la empresa abone una indemnización de 33 a 45 días por año trabajado con un límite de 42 y/o 24 mensualidades de salario, respectivamente (opción alternativa en el despido improcedente).
En el caso del despido nulo, el trabajador también tendrá derecho a exigir una indemnización por daños morales y otros que se hayan derivado durante el proceso.
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