Casa no habitada en Barcelona con contrato de renta antigua
Casa no habitada en Barcelona con contrato de renta antigua

El no hacer uso o no habitar de forma permanente la vivienda alquilada es una de las infracciones de los contratos de renta antigua más habituales. Son muchos los inquilinos que, aprovechando que conservan una renta muy baja, aguantan el máximo tiempo posible el alquiler de una vivienda, ya sea para disfrutarlo de forma intermitente o casi habitual.

Esto sucede por varios motivos:

  • Las rentas antiguas fueron fijadas hace muchos años por distintas políticas sociales, para facilitar el acceso a la vivienda y permanecen intactas, es decir, no se han visto alterados sus importes desde entonces.
  • La imposibilidad de revisar y aumentar la cantidad de dicha renta, por parte del propietario, se encuentra “blindado” por la LAU.
  • Imposibilidad o dificultad de demostrar por parte del arrendador algunos incumplimientos de la ley de arrendamientos urbanos, sin la ayuda de un detective privado.

Como te ayuda un detective con el no uso de la vivienda

Pues bien, como hace referencia el artículo 62 de la LAU de 1964:

Cuando la vivienda NO esté ocupada durante más de seis meses en el curso de un año o el local o negocio permanezca cerrado por plazo igual, a menos que la desocupación o cierre obedezca a justa causa.

Sección 3 del artículo 62 de la LAU de 1964

Como vemos, se entiende que el NO uso de la vivienda o del local, es causa de rescisión del contrato de arrendamiento. Ahora bien, los tribunales son bastante meticulosos a la hora de admitir las pruebas cuya finalidad sea acreditar este tipo de situaciones, puesto que está en juego uno de los derechos más protegidos por la ley, que es el acceso a la vivienda.

Es por ello que hay que ser muy cuidadoso con todas las pruebas a recopilar, como conseguirlas y como plasmarlas y presentarlas ante jueces y tribunales. En Axioma Detectives Barcelona, estamos especializados en este tipo de investigaciones y, a la posterior ratificación en sede judicial.

No dude en contactarnos si cree que su vivienda o local arrendado se encuentra vacío o desocupado. Te asesoraremos y te ayudaremos a poder acreditarlo con todas las garantías legales y su futura admisión por parte de los tribunales de justicia.